Ref. AUDITORIO FEB 19
El presente procedimiento de licitación tiene por objeto la contratación por parte de la Fundación Lázaro Galdiano, F.S.P., del suministro y montaje de colchonetas de asiento y respaldo tapizadas para adaptar a las 207 butacas ya instaladas en el auditorio de la Fundación Lázaro Galdiano y el retapizado de cuatro sillas del mismo Auditorio y de las 50 caretas laterales existentes en los juegos de butacas.
La prestación del servicio, la extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con esta contratación y la descripción de los materiales a emplear por el contratista se detallaron en el Pliego de Cláusulas Administrativas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que fueron publicados con fecha 1 de marzo de 2019.
Finalizado el plazo de admisión de ofertas, se recibieron tres proposiciones de las siguientes empresas licitadoras:
El Órgano Asesor, al comprobar que las empresas licitadoras no habían presentado en sus propuestas toda la documentación que había sido solicitada, trasladó esta circunstancia al Órgano de Contratación que procedió con fecha 20 de marzo de 2019 a requerir los siguientes documentos:
- A la empresa ASCENDER SL (NIF: B-36654010), los certificados de garantía de calidad expedidos por organismos independientes, en concreto el certificado UNE-EN 1021 Parte 1 y Parte 2 y el certificado martindale UNE en ISO 12947.
- A la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012), la declaración ajustada al modelo ANEXO III que se adjunta en el Pliego de Cláusulas Administrativas referido a las empresas del grupo empresarial en su caso.
- A la empresa MARPRIEH S.L., (NIF: B-37202272), los certificados de garantía de calidad expedidos por organismos independientes y la declaración ajustada al modelo ANEXO III que se adjunta en el Pliego de Cláusulas Administrativas referido a las empresas del grupo empresarial en su caso.
Recibida la documentación requerida en el plazo señalado, el Órgano Asesor analizó, ateniéndose a la documentación presentada por cada concursante, si tales empresas están en condiciones de realizar la prestación del suministro, la ejecución del montaje y la adecuación de las butacas y sillas del auditorio de acuerdo con las previsiones establecidas y los compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Pliego de Cláusulas Administrativas que regulan el concurso.
A este respecto se estudió en detalle por el Órgano Asesor los factores técnicos requeridos en los Pliegos de contratación. También entró a valorar las distintas proposiciones así como la documentación aportada por las empresas concursantes con el fin de que se pudiera deducir con claridad qué licitadores estarán en condiciones de poder cumplir, llegado el caso, todos los requisitos y prescripciones técnicas exigidos en el concurso, como es el caso de las siguientes factores:
- La tapicería estará totalmente integrada en la espuma mediante un sistema compacto compuesto por la tapicería, la espuma de poliuretano y la estructura metálica. La tapicería estará unida a la espuma sin costuras ni cosidos, para garantizar su durabilidad.
- Las colchonetas deberán adaptarse perfectamente a las butacas, no quedando ningún tipo de hueco entre ambas; es por ello que tanto en tamaño, grosor y puntos de sujeción, las butacas deberán quedar iguales a las existentes.
- Las colchonetas de asiento y respaldo estarán compuestas por dos bloques de espuma de poliuretano moldeada y llevarán incorporada una estructura interior metálica. La colchoneta de asiento será de forma anatómica y lisa, sin ningún tipo de canal para evitar en lo posible la incorporación de suciedad.
- El suministro de los elementos incluirá para el adjudicatario todas aquellas actuaciones que sean necesarias para la total instalación de los elementos que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, es decir, transporte, acceso al lugar, desembalaje, montaje, limpieza, retirada y gestión de embalajes y restos de materiales, costes de envío e instalación de todo el material que fuera menester.
- Además, se señala expresamente que entre las diversas obligaciones de que habrá de responsabilizarse la empresa adjudicataria estará obligada a:
Analizadas al detalle todas las circunstancias “técnicas” que fueron requeridas en los Pliegos de licitación, se comprobó que solamente una de las empresas licitadoras aportó la documentación adecuada y expresó correctamente en su memoria de actuación todos los factores técnicos requeridos para este concurso.
Se verificó que la empresa ASCENDER S.L., (NIF: B-36654010) no refiere en su propuesta que la tapicería que ofertan instalar vaya a quedar unida a la espuma sin costuras ni cosidos, para garantizar su durabilidad. Por el contrario, esta empresa declara que su procedimiento de trabajo consiste en hacer fundas desenfundables, con tirantes de sujeción a la tapicería y cosido gallonado con una máquina de doble aguja. Las fundas de asiento y respaldo estarán fijadas a las butacas por medio de tiras de velcro. Toda esta descripción no corresponde con los requisitos indicados en el Pliego de contratación.
Por su parte, MARPRIEH S.L., (NIF: B-37202272), manifiesta en la documentación aportada que sus condiciones de trabajo pasan por el desmontaje de todas las colchonetas de asientos, respaldos, caretas de pasillo y sillas y su traslado hasta Salamanca (donde radica su sede social). Por consiguiente, la propuesta de MARPRIEH S.L. tampoco respeta en este punto la condición establecida en los pliegos de contratación que exige a la empresa adjudicataria que el montaje y la adaptación del nuevo tapizado se realice en el auditorio de la Fundación.
Por las circunstancias señaladas anteriormente, el Órgano Asesor decidió por unanimidad recomendar al Órgano de Contratación la preselección de la oferta que inicialmente resulta con la mejor relación calidad-precio, y que resultó ser la proposición presentada por FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012), con domicilio en LLiçà d’Amunt (Barcelona), C/ Anselm Clavé, 224 y CP 08186 LLiçà d’Amunt (Barcelona).
Tras haber descartado el Órgano Asesor a las empresas ASCENDER S.L. y MARPRIEH S.L. por no cumplir todos los requisitos técnicos previstos en los Pliegos, el día 12 de abril de 2019 presenta a la Directora-Gerente el acta de conclusiones y su propuesta de preadjudicación del concurso del contrato para el suministro y montaje de colchonetas de asiento y respaldo tapizadas para las butacas, caretas laterales y sillas del auditorio de la Fundación Lázaro Galdiano.
El Órgano Asesor decidió por unanimidad informar a la Directora-Gerente, de forma positiva sobre la oferta presentada por la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012) proponiendo que se adjudique el contrato a su favor por haber sido la única oferta que ha cumplido todas las condiciones y requisitos establecidos en los Pliegos de Contratación.
En atención a los informes recibidos, la Directora Gerente decidió preseleccionar como adjudicataria del contrato objeto de esta licitación a la empresa FIGUERAS SEATING SOLUTIONS S.L., (NIF: B-66664012), por un precio ofertado sin IVA de veintisiete mil novecientos diez euros con setentainueve céntimos (Son 27.910,79 € euros, IVA NO INCLUIDO).
Este escrito, dictado por la Directora-Gerente de la Fundación se publicará en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Asimismo, se notificará a las empresas concursantes.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador preseleccionado inicialmente con la mejor proposición para que presente, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, los documentos que se reseñan en el apartado 13 del Pliego de Cláusulas Administrativas y, en concreto, para que acredite
Madrid, 16 de abril de 2019
Elena Hernando Gonzalo | Directora-Gerente
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